Jueves 16 de Julio de 2020, 08:13

Impulsan la creación de un Registro Municipal de Donantes de Plasma

Salud | El Bloque oficialista en el HCD impulsa la creación un Registro Municipal de Donantes de Plasma Sanguíneo para "ayudar al tratamiento y mejoramiento de la salud de los infectados por el Sars CoV-2 (COVID-19)".

#Basavilbaso el Bloque de Concejales del frente "Juntos por el Cambio", ante el "constante incremento de la cantidad de pacientes contagiados por el Covid-19" y "la ausencia de vacunas que ayudaran a prevenir y/o disminuir los riesgos de contraer esta enfermedad" proponen la creación de un Registro Municipal de Donantes de Plasma Sanguíneo para "ayudar al tratamiento y mejoramiento de la salud de los infectados por el Sars CoV-2 (COVID-19)".

La bancada de la mayoría en el legislativo local sostiene que el 11 de marzo pasado la Organización Mundial de la Salud declaró la Pandemia por las infecciones de este virus, y que mediante la Ley Nacional 27.541 "se declaró la Emergencia pública en el país y la provincia de Entre Ríos, por medio del Decreto 361/20, adhirió a las disposiciones nacionales". Y que ante el "aumento masivo de contagios" en la provincia considera que es necesario buscar "herramientas" para contener el avance de la pandemia, como así también "colaborar con el sistema de salud, tanto en la atención de casos confirmados, con sintomatología más grave, como también en la investigación del desarrollo y formas de combatir en virus Covid-19".

El bloque que preside Roberto Muñiz hace referencias en los considerandos que a través de diversos estudios "se ha llegado a la conclusión de que el tratamiento basado en la utilización de plasma de las personas recuperadas, que estuvieron en estado moderado a grave de la enfermedad y que ya alcanzado su recuperación, obteniendo del mismo los anticuerpos necesarios para combatir el virus a dado resultados satisfactorios". Y que, la donación de plasma "es un proceso de una hora, con mínimas molestias para el donante, que requiere estar recuperado de la Covid-19. Siendo igual o similar a la donación de sangre".

"La terapia de transfusión de plasma se basa en que el enfermo reciba los anticuerpos que ya vencieron al virus en otra persona. Este es un tratamiento experimental que algunos médicos están usando para aquellos que tienen una enfermedad del coronavirus 2019 (Covid-19) en estado grave", sostienen.

En el texto de la bancada de la mayoría en el HCD mencionan que "datos oficiales", brindados por el Instituto de Hemoterapia bonaerense, sobre pacientes con coronavirus transfundidos con plasma sanguíneo en la provincia de Buenos arrojan que "el 85 por ciento de ellos, se han recuperado".

"Si bien los contagiados en Argentina ya superan los 70.000, los donantes apenas alcanzan el 5% de esa cifra", sostienen al advertir que "no todas las personas recuperadas de coronavirus pueden donar su plasma, estimando que alrededor del 30% de los ancianos, mujeres y niños recuperados pueden hacerlo".

El proyecto que impulsan prevé la creación del Registro Municipal de Plasma de Pacientes Recuperados de SARS-CoV-2- "para organizar" y "sistematizar los centros de reclutamiento de dadores voluntarios y los donantes habilitados".

"El plasma de pacientes recuperados se ha convertido en un insumo crítico; esa condición exige la presencia del Estado para establecer un orden jurídico y conceptual, evitando el surgimiento de oportunistas que puedan pretender un beneficio económico en este contexto de necesidades asfixiantes que genera la pandemia", afirman.

Y en el contexto actual consideran que "debemos destacar que en los últimos días se ha dado un aumento masivo de contagios en nuestra Provincia. Razón por la cual se hace necesario buscar herramientas de prevención y así colaborar con el Sistema de Salud tanto en la atención de los casos confirmados, con sintomatología más grave, como también en la Investigación del desarrollo y formas de combatir el virus Covid-19".

Para avanzar en una legislación en este sentido interpretan que el Art. 19 de la Constitución Provincial "reconoce la salud como derecho humano fundamental, desarrollando políticas de atención primaria. La asistencia sanitaria será gratuita, universal, igualitaria, integral, adecuada y oportuna. Será prioritaria la inversiones en salud, garantizando el primer nivel de atención, así como la formación y capacitación", y que "la Ley Orgánica de los Municipios 10.027 establece en su Capítulo III -sobre Competencia y Atribuciones de los Municipios- la de (los Municipios a) Ejercer la policía higiénica y sanitaria a través de la atención de la salud pública Provincial y la adopción de las medidas y disposiciones tendientes a evitar las epidemias, disminuir sus estragos o investigar y remover las causas que la producen o favorecen su difusión".