Miércoles 23 de Agosto de 2017, 10:31

Desautorizan a la Cámara Electoral que impedía la candidatura Menem

Judiciales | La Corte consideró que cometió "graves defectos formales" y ordenó un nuevo pronunciamiento antes del vencimiento del plazo para la habilitación de listas.

La Corte Suprema revocó el fallo de la Cámara Electoral Nacional que le impedía a Carlos Menem postularse para un tercer mandato en la Cámara Alta, al considerar que tiene "graves defectos formales" y ordenó un nuevo pronunciamiento antes del vencimiento del plazo para la habilitación de listas. Según detalla el Centro de información Judicial, la Corte entendió que la sentencia de la Cámara Electoral contenía "graves defectos jurídicos que hacían imposible mantenerla". Entre las razones del fallo, la Corte consideró que "la Cámara Electoral no analizó el planteo relacionado con la legitimación, es decir, si alguien que no es de la lista puede impugnarla en las elecciones primarias". Tampoco examinó, según el máximo Tribunal, la denominada "preclusión", es decir, si había vencido el plazo para la impugnación, cuestión que ha sido muy importante en la jurisprudencia del alto tribunal para dar seguridad jurídica. "De esta manera afectó los derechos de quienes invocaron defensas en el proceso", explicó el CIJ. También entendió que la sentencia se fundó en un único antecedente que no era aplicable a la causa, lo que significa que se trató de una mera afirmación dogmática, violando el derecho de todos los ciudadanos a una sentencia fundada. Tampoco tuvo en cuenta el derecho a la revisión de las sentencias condenatorias ni dio una explicación fundada sobre este aspecto. La Corte envió las actuaciones a la Cámara Electoral para que emita un nuevo pronunciamiento que resuelva los cuestionamientos no atendidos en su anterior sentencia, indicó el CIJ. El máximo Tribunal determinó que el nuevo fallo deberá ser dictado por la Cámara Electoral con anterioridad a la fecha de oficialización de las listas , de acuerdo a lo establecido en el cronograma electoral vigente. La Cámara Electoral quedará conformada, mediante sorteo, por presidentes de Cámaras Federales de cualquier jurisdicción del país.